La solución propuesta por SOMACYL para la depuración de aguas en el Barranco tiene unos elevados costes de construcción y, más aún, de manteniemiento que, creemos, se traducirán en un elevado coste de la factura de agua para los vecinos. Usando los datos del proyecto y nuestras estimaciones de coste de electricidad, estimamos que la factura de agua puede ser de más de 100 euros por contador. Por supuesto, no podemso hacer una estimación precisa pues no contamos con datos fiables sobre algunos costes (no hemos conseguido que nadie nos aclare los costes que aparecen en la memoria del proyecto y el acuerdo entre Mancomunidad y SOMACYL) y tampoco sabemos como se realizará la facturación y como se dividirá el recibo en coste fijo más un variable dependiente del consumo. En lo siguiente se explica como hacemos nuestra estimación de costes y se compara con el coste en algún pueblo cercano.
En la memoria del proyecto se hacen cálculos para dimensionar la planta y colectores y para calcular los costes de depuración en base a las siguientes premisas:
- Se asume que el caudal que requiere depuración es básicamente el mismo que el que se consume, que luego es vertido a la red de saneamiento.
- Se asume un consumo promedio actual de 200 litros por habitante y dia (pag.11 de la memoria).
- Se asume que el consumo de agua crece con la ley 1.2 % al año (libro blanco del agua), y con esa hipótesis, para el 2024 se estima un consumo promedio de 270 l/hab/día. Este dato se usa para calcular el caudal de diseño de la planta.
- Se asume la población de diseño de 3637 hab equivalentes habitual y 10.780 habitantes equivalentes en periodo estival
- Para el dimensionamiento de la planta se asumen unos caudales (Página 435 de la memoria) de 1.073,94 m³/día en invierno y de 2.246,16 m³ /día en verano, lo que da un total de 462.321,30 m³ /año. En base a estos cuales se dimensiona la planta y se calculan costes después.
- Este volumen total correspondería a 1.97 meses de verano, dato que parece razonable.
- Desconocemos de dónde salen los caudales de invierno y verano; Probablemente tengan en cuenta las pluviales, lo que tiene sentido a la hora de diseñar la planta, pero no a la hora de facturar (ojo!).
En la memoria del proyecto se estiman los costes de mantenimiento de la planta en:
fijos | concepto | coste (€) | € / m³ |
| personal (0.5 JP, + 1xO1 + 1xO2 | 54075 | 0.1170 |
| Mant. EDAR | 9902.93 | 0.0214 |
| Mant. colectores , espac. circ. | 2792.53 | 0.0060 |
| administr. | 2959.52 | 0.0064 |
| varios | 4523.68 | 0.0098 |
| coste fijo de electricidad | 4168.38 | 0.0103 |
| TOTAL fijos (sin el.) | 74253.79 | 0.1606 |
variables |
|
|
|
| reactivos | 2353.48 | 0.0051 |
| residuos | 4260 | 0.01 |
| coste variable electricidad | 16059.05 | 0.011775 |
| TOTAL variables (sin el.) | 6613.48 | 0.0143 |
| TOTAL | 80867.3 | 0.1749 |
El coste de la electricidad se calcula en la memoria en base a precios ridículos, tanto el término de potencia (fijo) como el de energía (variable). Aquí usamos estimaciones realistas de esos costes.
Usando precios de mercado realistas, se pueden cifrar estos costes (fijo y variable), en 23365.56 € y 126352.71€, respectivamente, incluyendo impuesto eléctrico, alquiler de equipos (84.30€) y sin IVA.
En el acuerdo firmado entre la Mancomunidad y SOMACYL se afirma que se hacen cálculos de costes en base a 500.000 m³ anuales depurados. Hay que tener en cuenta que este volumen anual es mayor que el usado para el cálculo de la planta en el proyecto (462321.30 m³), dato que ya era muy superior al que se puede estimar como el consumido por los habitantes equivalentes al inicio de la explotación de la planta depuradora, que será el medido por los contadores y vertido a la red de saneamiento. Este último se puede cifrar, usando los datos de población del proyecto, y asumiendo dos meses de verano, en
(3637*10/12 + 10780*2/12)*0.2*365 = 352.410 m³ anuales
Este volumen anual es el que se podrá usar para facturar, si las estimación de consumo de 200l/h/dia es correcta en promedio, y no los 462.321, ni los 500.000 que aparecen en el convenio, puesto que nunca los contadores marcarán en conjunto más volumen que el comsumido realmente, por mucho que en el acuerdo figuren otras cifras.
Es pertinente notar aquí que, de acuerdo con el acta del pleno del Ayto. de S. Esteban en el que se aprobó el convenio, SOMACYL quería facturar por 800.000 m³ en lugar de 500.000 m³, lo cual la alcaldesa entiende es un triunfo por su parte. 800.000 m³ son un poco más que el consumo que se puede estimar para la población estival, 10.780 hab-eq, durante un año entero, asumiendo un consumo promedio de 200 litro/hab/día.
10780*0.2*365 = 786.940 m³ anuales
Esto da idea de la disparatada cifra que, siempre según la alcaldesa de S.E., pretendía cobrar SOMACYL.
En el convenio se explicitan las cantidades a pagar por la Mancomunidad a SOMACYL en concepto de costes de depuración. Hay que notar que se dice que estos costes incluirán todos los conceptos, contemplados en proyecto o no, y en particular los de electricidad, esto a pesar de que en el proyecto se explicita que el coste de electricidad se asume por los ayuntamientos (estipulación 6ª).
El primer concepto a pagar es el de amortización, y se afirma que se calcula en base al coste del proyecto total de 5603117.95€ (sin IVA), lo que incluye beneficios industriales del 16% y gastos generales del 6%.
De esa cantidad la Mancomunidad ha de abonar el 20%, que según ese documento serían «911.634,71 €, 168.000 a pagar en partes iguales y durante la ejecución de la obra y en los ejercicios 2018, 2019 y 2020, y el resto mediante el pago de la tarifa que se determina en el anexo I.»
La primera incógnita es ¿cómo se han obtenido esas cantidades?, porque 911.634,71 no corresponde al 20% de 5603117.95, que serían 1120600€. Tampoco el 20% del coste total es la suma de 911.634,71 y 168.000. Tampoco se ha hecho teniendo en cuenta el IVA… Tal vez toma en cuenta una financiación con un tipo de interés desconocido…
El resto de los pagos se harán de acuerdo con la tarifa calculada en el Anexo I del acuerdo. Esta es una tarifa calculada para el primer año y que después se revaloriza de acuerdo con una regla pactada en el acuerdo, que merecería análisis aparte.
En el acuerdo se explicita que la Mancomunidad se compromete a que la tarifa aplicada mantenga el equilibrio financiero de la planta ( o deberíamos decir de SOMACYL), lo cual significa que debe cubrir las facturas que SOMACYL presente.
Según el anexo I de ese acuerdo las cantidades a pagar el primer año serían:
fijo inversión | gastos fijos explotación | total |
43562 | 131880 | 175442 |
Según el acuerdo, si el coste de construcción es menor que el presupuestado, esta cantidad se reducirá proporcionalmente, en la misma medida que lo haga el coste de construcción respecto al proyectado. Ahora sabemos que la empresa adjudicataria lo construirá por un 40% menos del coste según proyecto.
Aquí viene la siguiente sorpresa. El capítulo de amortización de la inversión no sabemos como se ha obtenido, pues no corresponde a una 25ª parte de los 911634.71 € que se dice ha de pagar la Mancomunidad, ni tampoco a la 25ª parte del 20% del coste total del proyecto, ni tampoco a otras combinaciones que podrían parecer lógicas. Asumiremos que es la cantidad a pagar en concepto de amortización de la construcción, puesto que, entendemos, es lo pactado.
La siguiente sorpresa es la cantidad correspondiente al «fijo anual explotación», 131880. Tampoco sabemos como se ha obtenido esta cantidad. De lo dicho en el texto del convenio «La tarifa inicial calculada según las hipótesis del proyecto asciende a» y «La anterior tarifa está calculada para un caudal de agua depurada de 500.000 m3 anuales» se podría deducir que esta cifra se obtiene multiplicando los costes por m³ calculados en la memoria del proyecto por 500000 m³ anuales procesados, que son los que se asumen en el texto del acuerdo.
Sin embargo, si excluimos la electricidad, tal como se indica en la memoria y usamos el coste total de mantenimiento (gastos fijos mas variables) que da un coste por m³ de 0.1749, obtenemos 87450 €, que está lejos de los 131880. Tampoco si consideramos los gastos generales (6%) y los beneficios industriales (16%) no contemplados al calcular ese coste, la cifra obtenida, 106689, corresponde a la de la tabla anterior.
Una hipótesis podría ser que tal como indica el epígrafe de la segunda columna de esa tabla esos sean los costes fijos de la planta, lo que nos daría una cantidad aún menor, pero que si incluimos el coste fijo de electricidad calculado en el proyecto, nos daría, 104249, o si incluimos todos los costes fijos y variables del proyecto (sin electricidad) más el coste fijo del término de potencia daría 112972 €, cantidad que aún es menor que la de la tabla.
Una tercera hipótesis podría ser incluir aquí todos los costes de mantenimiento calculados en el proyecto, tanto fijos como variables, e incluir los costes de electricidad (a pesar de que se dice en el proyecto que van aparte). Esto nos daría, después de incluir un 22% de gastos generales + beneficios industriales, 120154.75€, cantidad que se acerca más al dato de la tabla, pero que no coincide exactamente. Además, esta hipótesis tiene varias consecuencias que la hacen poco plausible: que contradice el que la electricidad la asumen aparte los ayuntamientos, y que daría costes totales mucho menores incluso que el coste de electricidad realista que antes hemos calculado. Se hace difícil creer que, después de intentar facturar por 800.000 m³, SOMACYL se conforme con cobrar menos de lo que cuesta el mantenimiento real.
Una cuarta hipótesis podría ser que se contemplen en esa cifra los costes de mantenimiento, incluyendo el coste fijo de electricidad (término de potencia), pero no el calculado en el proyecto, que ahora sabemos que SOMACYL ha infravalorado en el proyecto, sino el coste real que antes estimamos, es decir, 23.365,56€. Con este dato, tenemos un coste de mantenimiento de 128795.19€, por gastos fijos, incluyendo la electricidad, que se acerca mucho más al dato de la tabla.
A la vista de los datos conocidos, nos inclinamos a pensar que esa cifra de la tabla incluye los gastos de mantenimiento fijos (tal vez también el de electricidad), pero no el coste de consumo de potencia eléctrica, que quedaría fuera de esa tarifa y habrían de pagarlo los ayuntamientos aparte.
En base a estos datos, asumiendo que los costes de esa tabla del anexo I del acuerdo son los que se habrán de pagar por la depuración, intentaremos hacer una estimación del coste de depuración por m³. Aquí es importante recordar que no se podrá facturar a los usuarios por 500.000 m³, puesto que nunca los contadores darán esa suma total anual, sino por los m³ contabilizados en contadores.
Haremos esta estimación asumiendo varias hipótesis diferentes de entre las consideradas anteriormente:
hipótesis | Coste fijo | Gastos variables | TOTAL | €/m³ |
Acuerdo contempla sólo gastos fijos (sin electricidad) | 175442 | Fijo elect. 23365.56€ Vari. elec. 126352.71€ Vari. no elec. 6613.48€ | 331773.75 | 0.941 |
Acuerdo contempla gastos fijos (con t potencia electricidad) | 175442 | Vari. elec. 126352.71€ Vari. no elec. 6613.48€ | 308408.19 | 0.875 |
Acuerdo contempla todos los gastos excepto electricidad (fijo y variable) | 175442 | Fijo elect. 23365.56€ Vari. elec. 126352.71€ | 325160.27 | 0.923 |
Acuerdo contempla todos los gastos | 175442 | 0 | 175442 | 0.498 |
El coste de depuración por m³ se ha calculador usando el dato de 352410 m³ anuales que se obtiene de la población equivalente del proyecto y asumiendo un consumo medio de 200 litros/hab/día, que es el consumo asumido en la memoria del proyecto. Nótese que si la población real fuera menor que la considerada en el proyecto, cosa que parece probable, puesto que las cifras de población estival parecen muy abultadas para todos los pueblos (salvo para San Estaban), el coste por m³ sería aún mayor que los estimados en la tabla.
Las tres primeras hipótesis de la tabla anterior dan valores de coste cercanos al euro por m³ . Incluso la ultima hipótesis, muy poco probable, como se ha explicado arriba, da un coste cercano al medio euro por m³ .
Si asumimos que los gastos de depuración se pagaran con una cuota fija por contador mas una parte variable, asumiendo que la cuota fija correspondiera a los gastos fijos, tendríamos una cuota fija anual de 57.8€ por punto de suministro, asumiendo 3035 puntos de suministro (obtenidos del INE). A esta cantidad habría que sumar un coste variable por m³ que dependería de la hipótesis que consideremos para el cálculo.
Refiriéndonos a las hipótesis anteriores tendríamos unos costes por m³ para cada hipótesis:
hipótesis | Coste fijo por contador | €/m³ |
Acuerdo contempla sólo gastos fijos (sin electricidad) | 57.8€ | 0.44€/m³ |
Acuerdo contempla gastos fijos (con t potencia electricidad) | 57.8€ | 0.377€/m³ |
Acuerdo contempla todos los gastos excepto electricidad (fijo y variable) | 57.8€ | 0.425€/m³ |
Acuerdo contempla todos los gastos | 57.8€ | 0 |
Todas las cifras son anuales, y asumiendo los caudales calculados en base a las poblaciones del proyecto.
Como referencia, para comparar, podemos usar los datos de Arenas de San Pedro, donde se aprobaron unas tarifas en 2018 para depuración y alcantarillado de 0.3082€/m³ para consumo doméstico y de 0.7401€/m³ para consumo no doméstico. También se usan unos costes fijos por contador que serían 26€/año para uso doméstico y 91.3€/año para uso no doméstico.
Estimamos, sin datos que lo avalen, que el número de suministros domésticos debe de ser mucho mayor que el no doméstico. A la vista de los datos y asumiendo que el número de suministros de uso doméstico es mucho mayor que el no doméstico, podemos decir que la planta de SOMACYL es más cara que la de Arenas.
Si quisiéramos obtener un coste total por punto de suministro, podríamos calcularlo de la siguiente forma. Los datos de población equivalente del proyecto corresponden a una población media, durante todo el año, de
3637*10/12 + 10780*2/12 = 4827.5 hab-eq.
Con esta población equivalente, podemos calcular un número promedio de habitantes por punto de suministro, lo que nos daría
4827.5 hab eq./3035 ptos/sum = 1.5906 hab-eq./pto.sum.
Y con este dato, podemos calcular el consumo promedio por punto de suministro como:
1.5906 hab-eq./pto.sum. * 0.2l/hab/dia*365dias = 116.11 l/pto.sum.
Y el coste total de ese consumo promedio sería 51.09€, 43.78€, o 49.17€, según la hipótesis asumida.
Todas estas serían cantidades sin IVA. Añadiendo el IVA y sumando el coste fijo por punto de suministro (con IVA) y la parte de consumo promedio nos daría un total promedio por punto de suministro de:
131.76€, 122.91€, 129.44€ y 69.94€, dependiendo de cuál de las cuatro hipótesis se considere.
Tabla resumen de costes por punto de suministro
hipótesis | fijo por pto. suministro (sin IVA) | Consumo medio/pto. sum. (sin IVA) | TOTAL medio/pto. sum. (sin IVA) | TOTAL medio/pto.sum. (con IVA) |
Acuerdo contempla sólo gastos fijos (sin electricidad) | 57.8€ | 51.09€ | 108.89€ | 131.76€ |
Acuerdo contempla gastos fijos (con t potencia electricidad) | 57.8€ | 43.78€ | 101.58€ | 122.91€ |
Acuerdo contempla todos los gastos excepto electricidad (fijo y variable) | 57.8€ | 49.17€ | 106.97€ | 129.44€ |
Acuerdo contempla todos los gastos | 57.8€ | 0 | 57.80€ | 69.94€ |
Si la población considerada en el proyecto se ha sobrestimado (como parece) el coste por punto de suministro y por m³ sería mayor que los calculados.
Según el acuerdo firmado entre la Mancomunidad y SOMACYL, el coste de amortización se reducirá si se reduce el coste de construcción respecto al proyecto. Hoy sabemos que se construirá por unos 2 M€ menos (3434638 en lugar de 5735117). Pero esa reducción (de un 40%) afectaría sólo a un 24.8% del coste fijo, es decir, el coste fijo se reducirá sólo en un 9.6%.
Los costes calculados corresponderían al periodo de explotación de la planta, de 25 años, y después de que finalice la construcción (2 años) y la puesta en marcha (1 año). En los años de construcción y puesta en marcha se pagará, según el acuerdo, 168000€/3 cada año, y no habrá gastos de explotación, ni fijos ni variables, puesto que la electricidad corre de cuenta de la empresa constructora.
El coste fijo se incrementará anualmente siguiendo la fórmula acordada en el anexo, que toma en cuenta el IPC, el incremento del precio de la energía y también el incremento del coste de la mano de obra.